La Municipalidad de Oreamuno, bajo la coordinación de Diego Ramírez Chacón,
Encargado de Planificación, ha dado un paso importante al reconocer la obligación de consultar a las organizaciones de personas con discapacidad en el diseño y ejecución de sus políticas públicas.
Ramírez Chacón envió consultas a todas las organizaciones del país sobre los principales instrumentos de planificación municipal, incluyendo el Plan de Mejora Regulatoria, el Plan de Desarrollo Humano Local del Cantón 2021-2023, el Plan de Gobierno 2024-2028, el Plan Operativo Anual 2025, el Presupuesto Ordinario 2025, el Informe Plurianual 2025-2028, el Plan Estratégico 2022-2025, la Auditoría Interna y el Plan de Acción para la Adaptación al Cambio Climático del Cantón de Oreamuno.
La Asociación Agencia para el Desarrollo Accesible sin Fronteras (ADASFR0), constituida legalmente el 17 de noviembre de 2021, ha recordado que el Artículo Segundo de sus estatutos establece la obligación de colaborar con entidades públicas conforme a sus objetivos y al cumplimiento del artículo 13 de la Ley 7600, el cual garantiza el derecho de las organizaciones de personas con discapacidad a ser consultadas en todas las decisiones que les afecten.
Este derecho está respaldado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), ratificada por Costa Rica mediante la Ley 8661, así como por la Observación General N.º 7 del Comité de la CDPD, que enfatiza la necesidad de garantizar consultas plenas y efectivas de las organizaciones representativas.
ADASFR0 subraya que la participación de las organizaciones nacionales no puede ser limitada por interpretaciones locales o por la intervención de entes como CONAPDIS, que, al ser un órgano gubernamental, no necesariamente refleja los intereses directos de las personas con discapacidad. “La consulta previa y la participación efectiva no son opcionales, sino un requisito de legalidad protegido por la Constitución y los tratados internacionales”, asegura la organización.
El principio lex specialis derogat generali refuerza que la Ley 7600, como norma especial en materia de discapacidad, prevalece sobre disposiciones generales como el Código Municipal, garantizando que ninguna municipalidad pueda restringir los derechos de participación reconocidos por la ley.
Con esta acción, la Municipalidad de Oreamuno se coloca a la vanguardia del cumplimiento de la legislación en discapacidad, promoviendo la participación activa y la inclusión de las organizaciones representativas en la planificación y ejecución de políticas públicas locales.
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